lunes, 30 de abril de 2018

Hoyo 3 sufre robo en las cuentas pero hay mas


Salió publicado recientemente una noticia en el Huelva Información una noticia sobre el Administrador que venia de Sevilla pero que administró varias comunidades aqui y que tuvo supuestos problemas como el abajo ponemos en otras comunidades que aunque mostró su predisposición a su devolución en Hoyo 3 iniciaron la via penal
Un año y medio de prisión, una multa de 1.620 euros y la mitad de las costas del procedimiento. Esta es la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Huelva al que fuera entre 2011 y 2014 secretario y administrador de la comunidad de propietarios de la urbanización Hoyo Tres de El Portil. La Sala lo considera el autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, aunque lo exonera de otro de apropiación indebida que las acusaciones sí reclamaban y por cuyo concurso solicitaban para R.M.V. una pena de cinco años y tres meses de prisión.
Como consta en el relato de hechos probados de la sentencia, a la que ha accedido en exclusiva Huelva Información, el condenado y la presidenta de la comunidad eran los únicos -de forma mancomunada- con acceso a los fondos de la cuenta corriente del residencial cartayero Hoyo Tres.

El acusado, "al estar en posesión como único custodio del talonario de cheques vinculado a la cuenta corriente, falsificó la firma de la presidenta de la comunidad". Lo hizo, remarca la terna de magistrados presidida por José María Méndez Burguillo, imitando y plagiándola "burdamente".
El perito que realizó el análisis caligráfico de los ocho cheques parcialmente falsificados afirmó en el plenario "rotundamente que la firma de los talones era diferente de la firma auténtica" de la presidenta de la comunidad de Hoyo Tres. Y el procesado sí admitió en la vista oral que era su letra la que figuraba en el contenido restante de los talones. Esto permitió al experto atribuirle la falsificación, puesto que "las firmas falseadas están hechas por la persona que confeccionó o rellenó el resto del contenido" de los cheques. Agregó el analista caligráfico sobre las rúbricas que "lógicamente quien podía hacerlo era él, estaban hechas todas de la misma forma de escritura y todas por la misma persona, quien custodiaba los talones como secretario o administrador y los tenía para pagar los gastos extraordinarios del verano", ya que el resto de desembolsos de Hoyo Tres estaban domiciliados.
Por todo la Sala sentencia que "no cabe duda de que suplantó (falsificando) la firma de la presidenta de la comunidad (...), sin que haya podido determinarse quién los cobró y se benefició del dinero".
Sin embargo, la Audiencia no da por acreditado que R.M.V. se apropiara del dinero de los ocho cheques en cuestión "ni que los fondos los cobraran los proveedores de los jardines y la piscina, aunque estos no han reclamado cantidad alguna por deudas de la comunidad hacia ellos". Por tanto, determinan que "se desconoce quién recibió el dinero cuyo importe figura en los cheques".
La Sala destaca en este sentido que no existe ninguna prueba de que R.M.V. se apoderara de los bienes "con ánimo de haberlos como propios, incorporándolos a su patrimonio". En paralelo, da un toque de atención a las acusaciones por no haber llamado a testificar a jardineros, fontaneros y demás personal que prestaba servicio en la urbanización para esclarecer si habían cobrado o no.
La Sección Tercera aplica al acusado la atenuante de dilaciones indebidas, rebajándole la condena porque "estamos con paralizaciones de casi un año". Los hechos se denunciaron en julio de 2014 y no se han juzgado hasta el pasado 3 de abril, todo "por causas no atribuibles al acusado ni guardan proporción con la complejidad de la causa".


No hay comentarios:

Publicar un comentario