viernes, 18 de marzo de 2016

Hubo Golf Femenino en Nuevo Portil

Hasta 13 equipos de cuatro jugadoras cada una se desplazaron hasta el campo de Nuevo Portil para disputar una nueva parada del Circuito Femenino de Andalucía.
Esta prueba se dilucidó bajo la modalidad Individual Stableford handicap, puntuando las tres mejores vueltas de cada equipo y en ella, las integrantes del conjunto de Zaudín Golf, Magdalena Agudo, Mª Luisa Carrere, Carla Godino y Ana Capote, resultaron ganadoras con un total de 90 puntos.
Las vencedoras aventajaron en tres puntos a las segundas clasificadas, las federadas por elReal Club de Golf Guadalmina, Aurora y Mª José Hidalgo, Dolores Ruiz y Macarena Benítez,quienes sumaban la nada despreciable cifra de 87 puntos.
El tercer puesto ha sido para el equipo formado por Blanca Hermana y Jun Mori (Real Club de Campo de Málaga), Teresa Torrejón (El Rompido) y Mª Pilar van Dulken (Guadalhorce Club de Golf), con 86 puntos.
La entrega de premios contó con la presencia, por parte de Nuevo Portil, de su directora,Trinidad Rastrojo y Joaquín López Aulestia, Medalla al Mérito de la Real Federación Andaluza de Golf; y de María Murillo, vocal del Comité Femenino de la RFGA.
Cabe recordar que este Circuito se divide en dos grupos que disputarán tres pruebas clasificatorias cada uno de ellos antes de llegar a la gran final, que se jugará en el Real Club de Golf Guadalmina los días 7 y 8 de junio.
Así, el grupo de los jueves visitó este pasado día 3 de marzo el recorrido de Santa Clara Granada, y posteriormente visitará los campos de Calanova y Sherry Golf. Por su parte, las jugadoras del grupo de los sábados, además de Nuevo Portil, disputarán sus pruebas en elReal Club de Golf de Sevilla y Doña Julia.
La final en el Real Club de Golf Guadalmina se jugará a 36 hoyos en la modalidad de juego por golpes (Stroke Play) Individual Handicap.

miércoles, 16 de marzo de 2016

18 marzo empieza zona ora en Punta Umbria

La Ordenación Reguladora de Aparcamientos (ORA) se activará de nuevo el próximo viernes, 18 de marzo, en algunas zonas del municipio de Punta Umbría, según avanzó ayer el Ayuntamiento, desde donde se detalló que se mantendrán las tarifas del año pasado. 

Así, del 18 de marzo al 30 de junio entrarán en vigor las zonas azul y naranja en las avenidas de la Ría y de Andalucía, en un horario de lunes a domingo, de 09:30 a 14:00 y de 16:30 a 20:00 horas. Además, durante el mencionado periodo y con el mismo horario se activará la zona naranja de la calle Ancha y plaza 26 de Abril. 

Según el comunicado emitido por el Ayuntamiento, este año se mantienen las tarifas de 2015, cuando ya se aplicó una rebaja para los residentes (zona naranja) para que aparcasen por 30 céntimos al día, en lugar de 50 como estaba establecido. Igualmente, se mantiene el precio de 1 euro para el ticket semanal. 

Los residentes no tienen que renovar sus tarjetas hasta el día 1 de junio, aunque el plazo para renovarlas se abrirá a partir del 1 de mayo. Para mayor comodidad de los usuarios, el pago se podrá realizar también desde el teléfono móvil. 

La intención de la ORA es apostar por la "movilidad sostenible, ofreciendo una mayor seguridad, mejor imagen, mayor comodidad y un uso sostenible de las vías", según el Ayuntamiento, que subrayó que en Punta Umbría el servicio crea más de 30 puestos de trabajo. 


lunes, 14 de marzo de 2016

Millan pedirá daños y perjuicios a personas IU, PA, PP y al actual alcalde

l exalcalde socialista de Cartaya, Juan Antonio Millán, y el resto de perjudicados, y ya absueltos, por el caso Hiconsa, van a reclamar daños y perjuicios a las acusaciones popular ejercida por el Ayuntamiento de Cartaya, y particular ejercida por Miguel Ángel Gea, Juan Guerrero, Antonio Carro y Juan Miguel Polo, entonces en la oposición con los grupos municipales de IU, PA, PP y no adscrito. 

La sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva desestima los recursos de apelación que interpusieron previamente ambas acusaciones contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva, "confirmándola en todos sus pronunciamientos", lo cual ratifica la absolución tanto del exregidor, como de su teniente de alcalde Miguel Novoa, de la esposa de éste, de un arquitecto y del administrador de la empresa Hiconsa. 

Según precisó Millán, todos los perjudicados ya han acordado reunirse con sus letrados para coordinar la reclamación, "aunque como esperábamos el pronunciamiento de la Audiencia en los términos en que se ha producido, previamente habíamos realizado un primer informe para la reclamación de unos daños y perjuicios que van a ser cuantiosos por la mala fe y temeridad con la que han actuado las acusaciones, como ha quedado demostrado en la sentencia". 

En este sentido afirmó que aún están considerando si la reclamación va a ser conjunta o no, aunque independientemente de ello, "lo que tenemos muy claro es que sí va a estar coordinada entre todos por la indignación y el deseo de resarcimiento que tenemos debido al mal que se nos ha hecho". 

Sobre la sentencia de la Audiencia, el exregidor socialista mostró su satisfacción y su alegría porque "por fin hemos visto que ha resplandecido la verdad y se ha hecho justicia". En este sentido añadió sentirse satisfecho sobre todo "por lo mal que lo han pasado nuestras familias, amigos, compañeros y todos los que nos han apoyado, a los cuales no hemos defraudado". 

No obstante reconoció que "son impagables" los casi siete años "penosos" que nos han hecho pasar, en los que se han sentido "acosados y perseguidos" por los denunciantes, que "han usado el caso mediáticamente y con el único interés de destruir a su enemigo político para conseguir a través de los juzgados lo que no pudieron durante 24 años en las urnas". 

Por todo ello, Juan Antonio Millán también considera que la sentencia "debe servir de ejemplo y para el escarmiento de aquellos políticos irresponsables que se valen de las falsas denuncias sin prueba alguna, con el único objeto de hacer daño al adversario político bajo la filosofía del 'ofende que algo queda". 

Millán consideró a Miguel Ángel Gea "el cerebro" del caso, el cual se valió de "la maldad, el odio y el rencor" de Juan Miguel Polo hacia Novoa, "al que siempre quiso desbancar del segundo puesto en el Ayuntamiento de Cartaya, lo cual nunca logró". A los otros dos denunciantes, Antonio Carro y Juan Guerrero, Millán los considera "meras comparsas necesarias para evidenciar que toda la oposición municipal coincidía en sus acusaciones contra el alcalde y el primer teniente de alcalde". 

Millán también aclaró que los daños y perjuicios que van a reclamar "se suman a la condena en costas procesales que la sentencia ha impuesto a las acusaciones, y que también se estiman inicialmente bastante elevadas". 

El exalcalde cartayero desveló, por otra parte, que "tal ha sido durante todo este tiempo el descaro de los denunciantes", que incluso recibió un escrito del Ayuntamiento de Cartaya, gobernado ya por uno de los denunciantes (Juan Miguel Polo), en el que "se me ofreció el pago de mi defensa a través de un abogado elegido por el propio Consistorio". 

Esta causa se inició a raíz de una denuncia presentada en abril de 2009 por Miguel Ángel Gea (IU), Juan Miguel Polo (no adscrito), Juan Guerrero (PP) y Antonio Carro (PA), todos entonces concejales en la oposición, y los cuales se personaron como acusación popular, por un convenio urbanístico que Hiconsa firmó con el Consistorio en julio de 2005 para la construcción de un centenar de viviendas en El Almendral, junto al centro de la población. 

En abril de 2011 el caso fue archivado. No obstante, meses después la Audiencia Provincial de Huelva decidió reabrirlo al considerar que lo instruido era "insuficiente" para archivarlo, ya que faltaban "indagaciones de interés". 


Finalmente la sentencia recordó que ha quedado acreditado que el convenio urbanístico se firmó en 2005, en cuya aprobación "participaron y votaron a favor quienes, cuatro años después, en base a una tasación carente de toda credibilidad, construyen una acusación de naturaleza penal, obviando la vía administrativa y la jurisdicción contenciosa administrativa y los principios básicos del derecho penal, con motivos espurios y pretensiones que trascienden más allá de este concreto proceso judicial"

domingo, 13 de marzo de 2016

Millan tras varios años se ratifica su absolución en el Caso Hiconsa

La  Audiencia Provincial de Huelva ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Penal 1 que absolvía al que fuera alcalde de la localidad durante veinte años, Juan Antonio Millán (PSOE) y condenaba a las acusaciones en costas por "la creación artificial de la prueba aportada y uso del proceso penal".
La causa fue seguida por los delitos de prevaricación y ordenación contra el territorio y estaba relacionada con el denominado caso Hiconsa, sobre una operación urbanística en el municipio de Cartaya.
La Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, desestima los recursos de apelación presentados por la acusación particular, Ayuntamiento de Cartaya, y la popular, Miguel Ángel Gea Rifá, Antonio Carro Camacho, Juan Manuel Guerrero y Juan Miguel Polo Plana (entonces ediles en la oposición de IU, PA, PP y no adscrito, los cuales no obstante actuaron a título personal según reconocieron en la vista oral celebrada en mayo de 2015).
Los recurrentes consideraban que la sentencia, que absolvía además al resto de acusados -el exconcejal de Urbanismo Miguel Novoa, el arquitecto F.B, el constructor J.M. y la mujer de Novoa-, de instancia era "parcial" y "no se ajusta a derecho" y pedían la condena de todos ellos.
Entiende la Audiencia que "debe mantenerse la valoración de la prueba practicada en el acto del juicio, confirmando la ausencia de exigibilidad penal de los coacusados".
No comparte con los recurrentes que "la complejidad del asunto haya sido tratada escasamente" por la sentencia apelada y precisa que los recursos deben desestimarse en cuanto que "no puede tenerse por acreditada la autoría de los acusados por los delitos que se les acusa".
Además, rechaza la petición de la revisión de la prueba en segunda instancia y mantiene la imposición de las costas procesales en primera instancia a las acusaciones por "temeridad o mala fe" al constatarse la "inviabilidad de sus pretensiones punitivas, singularmente ante el fracaso de los testimonios ofrecidos como prueba de cargo".
La sentencia de instancia entendía, a la vista de las pruebas practicadas durante el juicio que el convenio urbanístico que se acordó con la empresa Hiconsa fue "legal y procedente" y que "la selección de esta empresa no fue arbitraria".