jueves, 2 de agosto de 2012

Curiosidades recientes de la Entidad de Conservación (Primera Parte)


Parece ser que va por ahí circulando un correo sobre la Entidad donde se indica en uno de sus apartados:
La disolución de la Entidad de Conservación deberá ser autorizada por el Ayto. de Cartaya, previa petición de la Asamblea General adoptada con el quórum favorable del 80% de las cuotas que estén al día en los pagos. (Según el Articulo 16 de los Estatutos). Para solicitar una Asamblea Extraordinaria a iniciativa de los vecinos, se solicitará por escrito y se exigirá el 20% de las cuotas que estén al día en los pagos. (Según el Articulo 49 de los Estatutos).

Parece que pudiera ser una respuesta o bien al PSOE que preguntó en el Pleno sobre ello, a los ciudadanos que reivindican su disolución o a este blog. Si fuera a este blog nos remitimos a sus propios estatutos DONDE SE REFLEJA CLARAMENTE QUE DEBE CONVOCARSE DOS ASAMBLEAS ORDINARIAS POR LO QUE NO ES NECESARIA LA CONVOCATORIA DE NINGUNA EXTRAORDINARIA, PERO YA SABEMOS POR LA BOCA DEL ALCALDE PUES A PREGUNTA DEL PSOE LO INDICO QUE NO VAN A CUMPLIR NINGUNA ASAMBLEA DE LA ENTIDAD DE CONSERVACIÓN PORQUE ENTONCES TIENE QUE PAGAR LAS COSAS CON DINERO DEL AYUNTAMIENTO LOS SERVICIOS QUE SE PRESTA EN ESA ZONA

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