La Consejería de Turismo y Deportes de la Junta de Andalucía ha modificado los requisitos para la declaración de campos de golf de interés turístico en Andalucía, que ahora tendrán que demostrar su capacidad para generar turismo en épocas de temporada baja.
Así lo ha comunicado la Asociación Andaluza de Gerentes de Golf (AAGG), entidad que agrupa a los responsables de instalaciones golfísticas de toda la Comunidad, y que ha valorado su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Concretamente, la nueva orden tiene por objeto desarrollar el procedimiento para la obtención de la declaración de interés turístico de aquellos proyectos de campos de golf que se soliciten al amparo de lo dispuesto en el Decreto 43/2008, de 12 de febrero, regulador de las condiciones de implantación y funcionamiento de campos de golf en Andalucía.
Así, ahora tendrán la declaración las instalaciones "que tengan una especial relevancia por su incidencia potencial en la cualificación de la oferta turística y su desestacionalización, ampliando la oferta deportiva y de ocio asociada al turismo del ámbito territorial donde sean implantados".
Además, deben estar caracterizados, "atendiendo a los principios del desarrollo sostenible, por el predominio de la dimensión y orientación turística del conjunto de la actuación en la que se inscriben, contribuyendo así a mejorar y cualificar la oferta de alojamiento reglado del ámbito de localización del proyecto, y a conformar una oferta complementaria y de ocio en la que estén presentes otros productos y segmentos diferentes al del turismo de golf".
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