Ya se sabe cuánto va a costar el caso Hiconsa tanto al Ayuntamiento de Cartaya, que ejerció la acusación particular, como a los exconcejales de dicha localidad Miguel Ángel Gea (IU), Juan Manuel Guerrero (PP), Antonio Carro (PA) y Juan Miguel Polo (no adscrito), que ejercieron la acusación popular. En total, 496.293 euros, repartidos al 50% entre ambas acusaciones, o lo que es lo mismo, 248.146 euros al Consistorio, y otro tanto repartido entre los cuatro acusadores.
Así se desprende de la resolución del Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva con fecha de 30 de septiembre de 2016 y dictada por el letrado de la administración (antes secretario judicial) sobre la tasación del coste presentado por la parte denunciada en la causa: el exalcalde socialista de Cartaya Juan Antonio Millán, su teniente de alcalde Miguel Novoa, la esposa de éste, un arquitecto y el empresario administrador de la empresa Hiconsa, los cuales fueron absueltos según sentencia dictada en julio de 2015. En la misma también condenó entonces a las acusaciones particular y popular al pago de las costas procesales a partes iguales.
En la resolución, a la que ha tuvo acceso Huelva Información, se detalla que de los 496.293 euros que supone la totalidad de la tasación de las costas, el Ayuntamiento tendrá que pagar 248.146 euros, mientras que el otro 50% tendrá que ser abonado a partes iguales por los cuatro acusadores populares a razón de 62.036 euros cada uno de ellos.
De forma desglosada, la resolución determina que en concepto de costas causadas a Juan Antonio Millán y Miguel Novoa, los condenados tendrán que pagar 164.769 euros, de los cuales el Ayuntamiento tendrá que aportar 82.384 euros como acusación particular, mientras que Miguel Ángel Gea, Juan Manuel Guerrero, Antonio Carro y Juan Miguel Polo tendrán que aportar 20.596 cada uno de ellos como acusadores populares.
En el caso de la esposa de Novoa, las costas procesales ascienden a 110.971 euros, de los cuales el Consistorio tendrá que pagar 55.485 euros, correspondiendo el resto a los cuatro acusadores populares a razón de 13.871, euros cada uno de ellos.
Las costas procesales del arquitecto se elevan según la resolución a 110.288 euros, de los cuales el Ayuntamiento tendrá que aportar 55.144 euros, y Miguel Ángel Gea, Juan Manuel Guerrero, Antonio Carro y Juan Miguel Polo 13.786, euros cada uno de ellos.
Finalmente en el caso del administrador de Hiconsa las cuantías económicas son muy similares que en los dos anteriores casos, elevándose las costas procesales a 110.263 euros, de los cuales el Ayuntamiento tendrá que pagar 55.131 euros, y 13.782 euros cada uno de los acusadores populares.
A estas cuantías económicas hay que sumar los honorarios de los abogados y procuradores que han representado legalmente a las dos acusaciones, que en el caso del Ayuntamiento de Cartaya supondrá otros 100.000 euros más según fuentes judiciales consultadas por este periódico.
Según también recoge la resolución, los condenados al pago de las costas procesales tienen tres días para impugnarla a contar desde la fecha de notificación de la misma a las partes, plazo que expira a mediodía de este miércoles. No obstante, el rechazo de la solicitud de impugnación por el órgano judicial competente supondría un incremento aún mayor de las costas procesales que deben pagar ambas acusaciones.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva notificó en marzo de este año a las partes interesadas su decisión de desestimar los recursos de apelación interpuestos por las acusaciones popular -Ayuntamiento de Cartaya- y particular -Miguel Ángel Gea, Juan Manuel Guerrero, Antonio Carro y Juan Miguel Polo- contra la sentencia del caso Hiconsa, dictada en julio de 2015 por el Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva "confirmándola en todos sus pronunciamientos".
En dicha sentencia, contra la que las acusaciones interpusieron recurso de apelación, el juez absolvió al exalcalde socialista de Cartaya Juan Antonio Millán, a su teniente de alcalde Miguel Novoa, así como a la mujer de éste, a un arquitecto y al administrador de Hiconsa, al considerar que el convenio urbanístico acordado en julio de 2005 entre el Ayuntamiento de Cartaya y dicha empresa fue "legal, era procedente, y la selección de esta empresa no fue arbitraria".
En la misma sentencia de julio de 2015 también se condenó al pago de las costas procesales a las acusaciones popular, ejercida por el Ayuntamiento de Cartaya; y particular, ejercida por Miguel Ángel Gea, Juan Manuel Guerrero, Antonio Carro y Juan Miguel Polo, entonces concejales en la oposición de IU, PP, PA y no adscrito, respectivamente, aunque actuaron a título personal como así lo reconocieron en la vista oral del caso celebrada el 15 de mayo de 2015.
Los denunciados fueron acusados, y posteriormente procesados, por delitos contra la ordenación del territorio, prevaricación, negociaciones prohibidas a los funcionarios y tráfico de influencias, de los que fueron absueltos por considerar el tribunal que la tasación del terreno objeto de la denuncia "cumple los requisitos legales" y está "ajustada" a los precios de mercado del momento, frente a la tasación presentada por la acusación, que se valora como "irreal".
En este sentido, según la sentencia de la Audiencia Provincial, los "indicios de criminalidad" argumentados por las acusaciones "se han desvanecido en el acto de juicio oral", así como hace especial mención del testimonio que prestó el arquitecto Herrera Mármol, "disculpándose en acto de juicio si su informe de tasación no fue veraz en fase de instrucción, por la sobrevaloración pericial que pudiera hacer -sin visitar el terreno siquiera- de los aprovechamientos urbanísticos de la finca propiedad del Ayuntamiento, al sitio El Almendral, y objeto de convenio con Hiconsa". Peritaje que justificaba uno de los indicios principales que, cuatro años después de los hechos, serviría para perseguir penalmente una actuación municipal que, sin este dato, no tendría otro encaje jurídico de impugnación que el puramente administrativo o gubernativo.